Waldo Albarracín Sánchez
El 7 de diciembre
pasado en un acto político organizado por el Gobierno en la ciudad de Trinidad,
se ha procedido a lo que ellos denominaron el cierre o clausura de la consulta,
pretendiendo demostrar que el Estado dio cumplimiento al mandato imperativo previsto
en la Constitución y normas internacionales acerca de la obligación de
consultar con carácter previo a los Pueblos indígenas en circunstancias de
adoptar medidas legislativas o administrativas que puedan afectar al territorio
en el que dichos pueblos habitan.
Sin embargo es
necesario ubicar las cosas en su verdadero lugar y calificar los hechos de
acuerdo a su real significado. En rigor de verdad nunca hubo consulta por
consiguiente no se puede cerrar lo que nunca se abrió, existen razones de hecho
y de derecho que respaldan esta aseveración y si bien la construcción de la
carretera que atraviese el corazón del
TIPNIS constituirá un crimen de lesa humanidad por las consecuencias funestas
que ésta acarreará, tienen prioridad otro tipo de intereses que están
prevaleciendo, los cuales no guardan ninguna relación con las legítimas
aspiraciones de los hermanos indígenas de tierras bajas.
Porqué afirmamos que
jamás hubo consulta, por lo menos de acuerdo a las características y requisitos
establecidos en el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales,
la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y
la propia Constitución Política del Estado?, veamos: 1.- Los tres instrumentos jurídicos mencionados
prevén la figura de la consulta a dichos pueblos, con carácter previo, ello
significa que el conjunto de decisiones adoptadas por el Gobierno incluyendo la
firma del contrato con una empresa brasilera a la que se le encomienda la
realización las obras, se decidieron en forma anticipada y unilateral lo que
pone en evidencia una primera violación, ignorar a los pueblos indígenas y resolver
prescindiendo de ellos.
2.- La consulta es de buena fe, así está definido
jurídicamente, sin embargo esa fue la ausencia constante en todo este proceso,
jamás hubo un acercamiento sincero de las autoridades gubernamentales a la
dirigencia indígena, por el contrario fue la represión política, la violencia,
la vulneración de derechos de estos últimos lo que caracterizó a la actuación
gubernamental, la prueba está en el bloqueo a la octava marcha en Yucumo por
parte de grupos paragubernamentales, en los atropellos de Chaparina, en la
impunidad manipulada de los autores de estos abusos vía Fiscalía, en la
promoción de una marcha protegida por la Policía y protagonizada por gente afín
a las autoridades, en la llegada con regalos al TIPNIS, aprovechándose de la
extrema necesidad y de pobreza de las familias que allá habitan. Estos
antecedentes evidencian que hubo todo, menos buena fe.
3.- Siguiendo los
lineamientos jurídicos establecidos al efecto, la consulta debe darse
respetando los usos y costumbres, creencias y prácticas culturales de los
Pueblos Indígenas, sin embargo el Gobierno está aplicando arbitrariamente el
sistema de mayorías y minorías, estableciendo ciertos acuerdos con grupos no
representativos del territorio a ser afectado.
4.- La Consulta debe
materializarse respetando las representaciones orgánicas naturales de los
Pueblos Indígenas, es decir las autoridades legítimas de éstos. Al respecto el
Gobierno ignoró deliberadamente a esa dirigencia porque le resultaba
contestataria y optó por promover el surgimiento de representaciones paralelas
con los que armó toda una farsa, simulando la realización de la consulta, donde
obviamente estos falsos representantes terminan “autorizando” la construcción
de la carretera. Otra violación ostensible de derechos y muy peligrosa por sus
efectos, desnuda la intención perversa de incentivar la división en el seno de
las comunidades indígenas para extinguir cualquier posibilidad de resistencia
de éstos a las estrategias gubernamentales y desde luego debilitar su
movimiento.
5.- La consulta necesariamente apunta a la búsqueda del
consentimiento, permitiendo que el Estado a partir de este logro, adopte las
medidas y acciones pertinentes para realizar un determinado proyecto. La
resistencia ofrecida por los indígenas y que tiende a continuar, amenazando con
la oposición a la construcción de la carretera, constituye la prueba ostensible
de que precisamente no hubo consentimiento alguno. Las afirmaciones anteriores
están respaldadas no sólo por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos,
sino por la abundante jurisprudencia existente el efecto, tanto de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, como de los Tribunales nacionales.
Convengamos por
consiguiente que más allá del despliegue de recursos materiales y económicos
sin cumplir elementales normas y procedimientos previstos para garantizar un
manejo idóneo de dineros del Estado, anomalía que por razones obvias jamás será
observada por la Contraloría General del Estado, estamos advirtiendo una cadena
de actos que de principio a fin no sólo que son ilegales, sino que forman parte
de una especie de crónica de una farsa anunciada. Tratar de mostrarle al país y
a la comunidad internacional que hubo consulta para el caso de la construcción
de la carretera que atraviese el TIPNIS,
es insultar la inteligencia y el sentido común de la ciudadanía, son
múltiples las denuncias de personas y comunidades indígenas respecto a los
esfuerzos gubernamentales de forzar la figura de la consulta que nunca existió,
por tanto insisto en la afirmación de que no se puede cerrar algo que nunca
empezó.
Este desenlace fatal
respecto al problema suscitado con el tema TIPNIS, constituye uno de los
antecedentes más nefastos para los treinta años de democracia, significa un
retroceso en el contexto de los mezquinos avances logrados bajo regímenes
constitucionales en las tres últimas décadas, toda vez que resulta
contradictorio que, durante la gestión
de un presidente indígena, se haya materializado una represión sañuda precisamente
contra indígenas, se muestre una sintomática obsesión por construir una carretera
que atenta contra la biodiversidad y una de las más importantes reservas
ecológicas del país, se incentive la confrontación en este sector y se
establezca hacia adelante por conveniencia política una estratificación social
estableciendo una escala: indígenas de primera(los que no protestan y se dejan
sobornar) e indígenas de segunda (los contestatarios por tanto enemigos del
cambio).
El acontecimiento “victorioso”
organizado el pasado 7 de diciembre en Trinidad con recursos económicos del
pueblo, sin posibilidad de fiscalización, en rigor de verdad constituye una
victoria pírrica, no beneficiará al país, mucho menos a los pueblos indígenas y
desnuda a un gobierno que es capaz de acudir a cualquier juego sucio para
vencer sus batallas, en el marco de un escenario de permanente confrontación
con la sociedad civil. Resulta preocupante que en cada conflicto suscitado
donde un determinado sector reclame por sus derechos, se asimile el problema
como si se tratase de un cuadrilátero donde el Gobierno debe ganar y pisotear a
su enemigo, olvidándose que es la concertación la clave para solucionar
problemas.
Esta crónica de una
farsa anunciada es el testimonio vivo de que para los actuales administradores
del Estado los derechos de los pueblos indígenas sólo son un discurso que lo utilizaron
en función de sus intereses, ellos, las
víctimas siguen siendo ciudadanos de segunda, pese a la democracia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario